Hace aproximadamente un año, les remitimos un comunicado por el que les hacíamos saber que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, había dictado sentencia, declarando nulo el proyecto de urbanización, fallando a favor de los vecinos del sector 2 – 5 de La Floresta Pearson el contencioso que habían interpuesto contra el Ayuntamiento de Sant Cugat, por razón del Proyecto de Urbanización y por las contribuciones especiales que pretendía cobrar, por la urbanización de las calles de dicho sector, en contra de la voluntad de los vecinos afectados.
El Ayuntamiento, recurrió dicha sentencia, que fue confirmada, por lo que elevó un Recurso de Queja ante el Tribunal Supremo, que en fecha 28 de Febrero de 2.008, ha dictado un auto, en virtud del cual ha desestimado dicho recurso de queja y el Tribunal Suoperior de Justicia de Catalunya ha dictado otro auto en 28 de Mayo de 2.008, por el que siendo firme la sentencia dictada en el citado recurso, ordena que se comunique al Ayuntamiento que no ha lugar a la queja, por lo que queda confirmada la sentencia que da la razón a los vecinos de dicho sector, y acusado recibo de la comunicación en el plazo de diez días, e indicado la autoridad o funcionario responsable del cumplimiento de la Sentencia, la lleve a efecto, adoptando las resoluciones que procedan y practicando lo que exija el cumplimiento del fallo, o sea que obliga al Ayuntamiento a devolver las cantidades giradas por las contribuciones especiales, (algunas satisfechas, otras depositadas o avaladas) pues al haber sido declarado nulo el Proyecto de Urbanización, no ha lugar al cobro de dichas contribuciones.
Para mayor ampliación de la noticia, pueden dirigirse a August Ribeiro Duarte, Pasaje Salud 14, tel 935893922,La Floresta Pearson, Presidente de la Asociación Administrativa de Contribuyentes del Sector 2-5 de la Floresta, y Abogado que ha sido el conductor y artífice de este gran triunfo.
Con el ruego de que esta noticia sea publicada y en su caso ampliada, en nombre de todos los afectados les saluda atentamente.
La Floresta a 9 de Junio de 2.008
Francisco de Urmeneta
El Ayuntamiento, recurrió dicha sentencia, que fue confirmada, por lo que elevó un Recurso de Queja ante el Tribunal Supremo, que en fecha 28 de Febrero de 2.008, ha dictado un auto, en virtud del cual ha desestimado dicho recurso de queja y el Tribunal Suoperior de Justicia de Catalunya ha dictado otro auto en 28 de Mayo de 2.008, por el que siendo firme la sentencia dictada en el citado recurso, ordena que se comunique al Ayuntamiento que no ha lugar a la queja, por lo que queda confirmada la sentencia que da la razón a los vecinos de dicho sector, y acusado recibo de la comunicación en el plazo de diez días, e indicado la autoridad o funcionario responsable del cumplimiento de la Sentencia, la lleve a efecto, adoptando las resoluciones que procedan y practicando lo que exija el cumplimiento del fallo, o sea que obliga al Ayuntamiento a devolver las cantidades giradas por las contribuciones especiales, (algunas satisfechas, otras depositadas o avaladas) pues al haber sido declarado nulo el Proyecto de Urbanización, no ha lugar al cobro de dichas contribuciones.
Para mayor ampliación de la noticia, pueden dirigirse a August Ribeiro Duarte, Pasaje Salud 14, tel 935893922,La Floresta Pearson, Presidente de la Asociación Administrativa de Contribuyentes del Sector 2-5 de la Floresta, y Abogado que ha sido el conductor y artífice de este gran triunfo.
Con el ruego de que esta noticia sea publicada y en su caso ampliada, en nombre de todos los afectados les saluda atentamente.
La Floresta a 9 de Junio de 2.008
Francisco de Urmeneta
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